jueves, 5 de junio de 2014

Gobierno


La noción de gobierno está actualmente asociada a la del Estado moderno y, por lo general, designa la acción que dirige ese Estado a través de sus instituciones. Cabe precisar que el sentido que usualmente se le da a la palabra gobierno, en castellano, difiere de la palabra “government” en el mundo anglosajón. En castellano, es común designar como gobierno al poder ejecutivo del Estado; mientras que en ingles este concepto generalmente se refiere al régimen político de un país. Así, por ejemplo, los tipos clásicos de “governments” son: autocracia, aristocracia y democracia.

Fuente: Romero, M. y Romero, A. Diccionario de Política. Conceptos Fundamentales.  Editorial Panapo.  Caracas: 2005.

El Gobierno es el conjunto de órganos ejecutores del Poder Público del Estado que realizan la voluntad de éste, ordenando y manteniendo un régimen con arreglo a la Constitución.

El gobierno generalmente se reduce (equivocadamente) como si fuera sólo el Poder Ejecutivo. No es así. El Gobierno es el conjunto de los Poderes públicos llamados en otros países órganos. Órgano Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Órgano Electoral.

Diferencias entre Estado y Gobierno. El Gobierno es particular, el Estado es general. El Gobierno es parte del Estado, el Estado es parte de la Nación. El Gobierno es de carácter positivo, el Estado es de carácter abstracto.

Definiciones: León Duguit: “El gobierno, es el conjunto de órganos del Estado formado por las autoridades públicas que ejercen el poder del Estado”. Sánchez Viamonte: “El gobierno es la organización mediante el cual la voluntad del Estado es formulada, expresada y realizada”.

Fuente: Apuntes Jurídicos. ¿Qué es un Gobierno? Disponible en URL: http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/12/gobierno.html

6 comentarios:

  1. Estimado Profesor, es importante el contenido del articulo que publica, puesto que comprendiendo la diferencia entre Estado, Gobierno e incluso nación, podemos determinar con certeza que competencias corresponden a cada de las figuras y de este modo, entender como podemos transitar de un modelo político (gobierno) representativo a uno participativo y protagonico en el que la participación ciudadana sea efectiva, asertiva y eficaz, para la transformación de las relaciones entre el estado y la sociedad.

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  2. Estimado participante. Ciertamente es imperante conocer la diferencia entre los conceptos mencionados, sobre todo, por la generalidad y particularidad que caracteriza a cada uno. En relación al tema que abordamos en este módulo, deben conocerse las diferencias pues en función de ellas se determinan las competencias que permiten evaluar la gestión de gobierno, así como el reconocimiento de las condiciones necesarias para el Buen Gobierno.

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  3. Estimado profesor Hurtado, al diferenciar los conceptos referidos a Estado y Gobierno es sencillo comprender que las políticas públicas son las acciones del gobierno a fin de dar respuesta y atención a las demandas realizadas por la sociedad civil. En tal sentido, es imperioso para la consolidación de una sociedad civil más participativa el conocimiento y motivación de los actores sociales a nivel de las comunidades y la apertura en el lado institucional, de un proceso que genere similares condiciones de acceso a todos los ciudadanos no sólo a la información sino también a los procedimientos y condiciones en los que se genere la participación para que realmente se realice de forma efectiva y sin exclusión.

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    1. Es así, la política pública no es más que una acción concreta para dar respuesta a una problemática. Sin embargo, es necesario saber diferenciar los mecanismos para hacer llegar la demanda de la sociedad al gobierno y, a su vez, los procedimientos empleados por este para dar satisfacción a la necesidad.

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  4. Desde su definición, el gobierno aglomera órganos y autoridades, que expresan la voluntad, poder público del estado, en un marco constitucional; según la óptica hemisférica, este tiende a confundirse con régimen político o con el poder ejecutivo. Es diferente a la concepción de estado (general y abstracto).

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    1. El caso venezolano resulta particular, pues trasciende a la división clásica tripartita de poderes con la inclusión del poder moral y el electoral. Sin embargo, debe diferenciarse gobierno de Estado, pues aunque son conceptos afines no significan lo mismo.

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